Tanto en la sociedad civil como en la eclesial, el derecho es un instrumento que defiende la libertad de los individuos, al mismo tiempo que señala sus límites para que pueda darse una convivencia ordenada.
El derecho canónico pretende preservar la identidad de la Iglesia y la unidad del símbolo de la fe, ayudándonos a superar la tentación del individualismo y del particularismo.
Dado que la Iglesia es «una realidad compleja, que está integrada de un elemento humano y otro divino» (Lumen gentium, 8,1), es natural que establezca las normas necesarias para organizarse correctamente de modo que pueda conseguir sus fines propios.
Dado que la Iglesia es «una realidad compleja, que está integrada de un elemento humano y otro divino» (Lumen gentium, 8,1), es natural que establezca las normas necesarias para organizarse correctamente de modo que pueda conseguir sus fines propios.
De todas formas, el Código de derecho canónico concluye reconociendo que la caridad pastoral supera a las normas, porque «la salvación de las almas debe ser siempre la ley suprema en la Iglesia» (canon 1752).
Por lo tanto, la función primordial del derecho canónico es ordenar la vida de los fieles a la práctica del amor cristiano. Von Balthasar decía que la misión del derecho es garantizar que la Iglesia sea la comunidad que se construye en el amor.
Texto tomado de mi libro Eduardo Sanz de Miguel, "Hablar de Dios y del hombre en el siglo XXI. Introducción a la Teología y sus contenidos", editorial Monte Carmelo, Burgos 2019, páginas 189-190.
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