Reflexiones diarias sobre argumentos de espiritualidad y vida carmelitana, con incursiones en el mundo del arte y de la cultura

miércoles, 3 de mayo de 2017

¿Qué es la liturgia? (4)


Ya hemos dedicado tres entradas a explicar qué es la liturgia. Ayer hablamos del uso precristiano del término «liturgia». Hoy trataremos del uso cristiano hasta el siglo XIX.

El Nuevo Testamento no quiere vincular el culto cristiano a los cultos paganos ni al sacerdocio levítico, sino a la persona de Cristo, por lo que no usa el término liturgia para referirse a él (a excepción de Hch 13,2). San Pablo llega a afirmar que la liturgia que tenemos que ofrecer a Dios es la propia vida. 

La palabra volvió a aparecer más tarde, primero entre los judeocristianos y después en la gran Iglesia, cuando se consumó la separación entre cristianismo y judaísmo y no quedaba posibilidad de confusión. 

Los Santos Padres la usan con frecuencia para referirse a todas las formas del culto cristiano. A partir del siglo IV la utilizan con ese sentido los sínodos de Ancira (314), de Antioquía (341), de Laodicea (475), los Padres griegos y las llamadas Constituciones apostólicas.

Con el pasar del tiempo, en Oriente se terminó usando principalmente para nombrar la celebración eucarística (los otros actos sacramentales son llamados «mysteria») y en Occidente desapareció por completo, usándose en su lugar «ministerium», «munus», «ritus», «officium», «publicum opus» y otros similares.

Cuando en el siglo XVI los humanistas empezaron a estudiar los rituales antiguos para renovar las celebraciones, siguiendo un mandato del concilio de Trento, primero se denominaron «liturgias» a los documentos que iban apareciendo en las bibliotecas y después a las normas dadas por la «Congregación de ritos» sobre la manera de realizar el culto (las rúbricas). 

Se comenzó a hablar de liturgia romana, galicana, mozárabe, oriental..., refiriéndose a la ritualidad ceremonial y a las rúbricas que la regulan.

Los manuales de liturgia antiguos la identifican con la ordenación de los ritos externos, por lo que se detienen en describir cómo han de ser los edificios de culto, los objetos que se deben encontrar en ellos, las vestiduras que usan los ministros, las posturas y movimientos que deben realizar al leer las oraciones, etc.

Veamos dos ejemplos, tomados de manuales clásicos que conocieron numerosas ediciones:

«El fondo de la presente obra son las Rúbricas. Los antiguos prontuarios acostumbraban escribir con letra encarnada los títulos, capítulos e índices de los libros, epígrafes de las leyes, etc., que servían de pauta y guía. Por eso es que se llaman Rúbricas (de rubro) y se imprimen en letra encarnada las leyes que ordenan el culto externo de Dios instituido en la Iglesia católica, contenidas en el Misal, Breviario, Ceremonial y Pontifical romanos, que son las fuentes primarias del derecho litúrgico» (Joaquín SOLÁS, Manual litúrgico o sea breve exposición de las Sagradas Ceremonias que han de observarse en el Santo sacrificio de la Misa, así privada como solemne, en la Exposición del Santísimo Sacramento, en las funciones más principales de entre año, en la administración de los Santos Sacramentos, Bendiciones, etc. del Ritual Romano y en la Santa Pastoral Visita…, 1880.)


«Siendo la obligación más sagrada del hombre dar culto a su Criador, la Iglesia, fundada por Jesucristo para enseñar al hombre todos sus deberes, a fin de que más fácilmente consigan su salvación, no podía dejar al capricho de los mismos hombres el modo de cumplir ese deber, de que al mismo Dios había de resultar tanta gloria extrínseca, y que, por caer bajo la acción de los sentidos corporales, había de servir para acercar las criaturas a su Criador. He aquí por qué la Iglesia, siguiendo el ejemplo del mismo Dios, que en la antigua ley estableció por sí mismo el culto que se le había de tributar y las ceremonias con que se la había de honrar, ha dictado leyes para que, con arreglo a ellas, los eclesiásticos, ministros públicos de la Iglesia, tributen a Dios un culto digno y conveniente. A la colección de esas leyes se ha dado el nombre de liturgia» (Pablo MADRID MANSO, Tratado teórico-práctico de liturgia con arreglo a los últimos decretos de la S. Congregación de ritos, 1902.)

No hay comentarios:

Publicar un comentario